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Política de Propiedad Intelectual

Versión 1.0 · Última actualización

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Responsable: James Marcus Patman

RFC: PAJA691202942

Domicilio: Calle Aldama 470, Sin Número Interior, Colonia El Cerro, Puerto Vallarta, Jalisco, C.P. 48304

Correo electrónico jurídico: legal@ancuria.com

Correo electrónico para notificaciones de infracción: legal@ancuria.com

Sitio web: www.ancuria.com

Capítulo 1. Objeto y Relación con Otros Documentos

1.1 Objeto

La presente Política de la Propiedad Intelectual (en lo sucesivo, la "Política") tiene por objeto desarrollar, con el nivel de detalle exigido por procesos de auditoría legal y Due Diligence, el régimen integral de titularidad, licenciamiento, cesión y protección de la propiedad intelectual e industrial de Ancuria™ Inteligencia Inmobiliaria (en lo sucesivo, "Ancuria", la "Plataforma" o el "Responsable").

1.2 Relación con otros documentos

La presente Política desarrolla y consolida lo dispuesto en el Título V (Propiedad Intelectual) de los Términos y Condiciones de Servicio, y se interpreta de manera conjunta con la Política de Inteligencia Artificial Responsable en lo relativo a la titularidad de modelos y componentes de Inteligencia Artificial. La presente Política incorpora, adicionalmente, materias no desarrolladas en dichos documentos, particularmente el régimen de cesión de propiedad intelectual por parte de fundadores, personal y colaboradores, y el procedimiento de notificación y retiro por infracción.

1.3 Naturaleza del documento

A diferencia de los Términos y Condiciones de Servicio, cuyo Título V regula la relación entre el Responsable y sus Usuarios, la presente Política tiene un alcance más amplio, extendiéndose a la relación del Responsable con su propio personal, colaboradores, contratistas independientes, y terceros ajenos a la Plataforma que pudieran verse involucrados en una controversia de propiedad intelectual.

1.4 Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento a la presente Política por parte de Usuarios se regirá por las consecuencias previstas en los Términos y Condiciones de Servicio y en la Política de Uso Aceptable; el incumplimiento por parte de personal, colaboradores o contratistas se regirá por los instrumentos contractuales correspondientes y por la legislación aplicable.

Capítulo 2. Definiciones

2.1 "Propiedad Intelectual del Responsable"

El conjunto de derechos de autor, secretos industriales, marcas, y demás derechos de propiedad intelectual e industrial de los que el Responsable es o llegue a ser titular, incluyendo los descritos en el Capítulo 4.

2.2 "Obra Derivada"

Toda obra que incorpore o se base sustancialmente en una obra preexistente protegida, conforme a la definición de la Ley Federal del Derecho de Autor.

2.3 "Trabajo por Encargo" o "Obra por Encargo"

Toda creación intelectual desarrollada por una persona física en el desempeño de su relación laboral, de prestación de servicios profesionales, o de colaboración con el Responsable, conforme se regula en el Título V de la presente Política.

2.4 "Componente de Código Abierto" o "Componente Open Source"

Todo software de terceros incorporado a la Plataforma cuya licencia de uso es públicamente disponible conforme a un esquema de licenciamiento abierto reconocido (tales como MIT, Apache 2.0, GNU GPL, entre otros).

2.5 "Notificación de Infracción"

Comunicación mediante la cual un tercero informa al Responsable que un Contenido del Usuario, u otro elemento presente en la Plataforma, infringe sus derechos de propiedad intelectual, conforme al procedimiento descrito en el Título IV.

2.6 Remisión a definiciones de los Términos y Condiciones de Servicio

Los términos "Plataforma", "Usuario", "Contenido del Usuario", "Agente de Inteligencia Artificial" y demás términos definidos en el Capítulo 2 de los Términos y Condiciones de Servicio tienen, para efectos de la presente Política, el mismo significado ahí asignado, salvo que expresamente se indique lo contrario.

TÍTULO II. TITULARIDAD DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE ANCURIA

Capítulo 3. Consolidación de la Titularidad

3.1 Objetivo legal

Consolidar, en un solo instrumento de referencia, la totalidad de los activos de propiedad intelectual e industrial de los que el Responsable es titular, con fines de claridad frente a auditores, inversionistas y terceros.

3.2 Inventario de activos de propiedad intelectual

El Responsable es titular de los siguientes activos de propiedad intelectual e industrial, sin perjuicio de que dicho inventario se amplíe conforme evolucione la Plataforma: (i) el código fuente y objeto del software de la Plataforma, protegido como obra literaria conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor; (ii) las bases de datos y su estructura, incluyendo la base de datos propietaria de Indicadores de Mercado; (iii) los modelos, configuraciones, prompts y arquitecturas de Inteligencia Artificial desarrollados por el Responsable, protegidos como secreto industrial conforme al numeral 3.4; (iv) las marcas, avisos comerciales y demás signos distintivos descritos en el Capítulo 5; (v) las interfaces gráficas de usuario y elementos de diseño original de la Plataforma; (vi) la documentación técnica y metodológica desarrollada internamente; y (vii) el nombre de dominio del sitio web de la Plataforma.

3.3 Protección mediante derecho de autor

El código fuente, la documentación, las interfaces gráficas originales, y demás obras literarias o artísticas generadas por el Responsable, gozan de protección automática conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor desde el momento de su fijación en un soporte material, sin que dicha protección requiera de registro para su existencia, sin perjuicio de las ventajas probatorias que el registro ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor pudiera ofrecer.

3.4 Protección mediante secreto industrial

Los prompts de sistema, arquitecturas de automatización, metodologías de cálculo del Motor de Cálculo, y demás información técnica que el Responsable mantenga bajo condiciones razonables de confidencialidad y que le otorgue una ventaja competitiva, constituyen secretos industriales protegidos conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, siempre que se observen las medidas de resguardo descritas en el Capítulo 14 de la Política de Inteligencia Artificial Responsable y en la Política de Seguridad de la Información.

3.5 Consideración de registro de patentes

El Responsable evaluará, conforme lo justifique la innovación técnica específica de sus desarrollos futuros, la conveniencia de solicitar el registro de patentes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial respecto de invenciones que cumplan con los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial, sin que a la fecha de este documento exista una solicitud de patente en trámite.

3.6 Consecuencias del incumplimiento

La apropiación indebida de cualquiera de los activos señalados en este Capítulo por parte de un tercero dará lugar a las acciones civiles y penales previstas en la legislación aplicable, conforme al procedimiento de protección descrito en el Título IV.

Capítulo 4. Titularidad sobre Componentes de Inteligencia Artificial

4.1 Remisión a la Política de Inteligencia Artificial Responsable

La titularidad sobre los modelos, Agentes de Inteligencia Artificial, prompts y arquitecturas de automatización de la Plataforma se rige, de manera sustantiva, por el Capítulo 14 (Propiedad Intelectual sobre Inteligencia Artificial, Algoritmos y Prompts) de los Términos y Condiciones de Servicio y por el Título I de la Política de Inteligencia Artificial Responsable, disposiciones que la presente Política reconoce e incorpora por referencia.

4.2 Distinción respecto de infraestructura de Proveedores de Inteligencia Artificial de Terceros

Conforme a lo ya establecido, el Responsable no reclama titularidad sobre los modelos base o la infraestructura de sus Proveedores de Inteligencia Artificial de Terceros, limitándose su titularidad a las configuraciones, prompts, flujos de trabajo, y desarrollos específicos que el Responsable incorpore sobre dicha infraestructura base, conforme al numeral 14.3 de los Términos y Condiciones de Servicio.

4.3 Consecuencias del incumplimiento

Remitidas al Capítulo 14 de los Términos y Condiciones de Servicio y al Capítulo 9 de la Política de Inteligencia Artificial Responsable.

Capítulo 5. Marcas y Signos Distintivos

5.1 Inventario de signos distintivos

El Responsable es, o pretende constituirse, titular de los siguientes signos distintivos: la denominación "Ancuria™"; el logotipo asociado a dicha denominación; y la combinación cromática institucional (azul marino y coral) utilizada de manera consistente en la identidad visual de la Plataforma.

5.2 Estado del trámite de registro marcario

A la fecha del presente documento, la marca "Ancuria™" se encuentra en trámite de registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), con solicitud presentada en julio de 2026.

5.3 Efectos del registro marcario en trámite

Conforme al artículo 151 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y disposiciones concordantes, la presentación de la solicitud de registro otorga a su titular un derecho de prelación frente a solicitudes posteriores, sin que ello equivalga a la protección plena que otorga el registro ya concedido; el Responsable dará seguimiento a dicho trámite y actualizará la presente Política una vez concluido.

5.4 Uso consistente de la marca

El Responsable procura utilizar sus signos distintivos de manera consistente en todos sus materiales y canales, como práctica recomendada para fortalecer la distintividad de la marca y facilitar su defensa frente a infracciones.

5.5 Consecuencias del incumplimiento

El uso no autorizado de los signos distintivos del Responsable por parte de un tercero se regirá por el Capítulo 15 de los Términos y Condiciones de Servicio y por el procedimiento de protección descrito en el Título IV de la presente Política.

TÍTULO III. PROPIEDAD INTELECTUAL DE TERCEROS

Capítulo 6. Contenido del Usuario

6.1 Remisión a los Términos y Condiciones de Servicio

El régimen de titularidad y licenciamiento del Contenido del Usuario se rige por el Capítulo 16 de los Términos y Condiciones de Servicio, el cual la presente Política reconoce e incorpora por referencia.

6.2 Buenas prácticas adicionales

Sin perjuicio de lo anterior, el Responsable recomienda a los Agentes Inmobiliarios verificar, previo a la publicación de material fotográfico o audiovisual de un inmueble, que cuentan con la autorización correspondiente del propietario o del fotógrafo profesional que hubiere generado dicho material, a efecto de prevenir reclamaciones de terceros conforme al numeral 16.3 de los Términos y Condiciones de Servicio.

Capítulo 7. Componentes de Código Abierto

7.1 Objetivo legal

Establecer el enfoque del Responsable respecto de la incorporación de Componentes de Código Abierto al desarrollo de la Plataforma, materia de particular relevancia en procesos de Due Diligence técnico-legal.

7.2 Uso de Componentes de Código Abierto

El Responsable podrá incorporar a la Plataforma Componentes de Código Abierto desarrollados por terceros, sujetos a sus respectivas licencias públicas, reconociendo que dicha incorporación no transfiere al Responsable la titularidad sobre dichos componentes, sino únicamente el derecho de uso conforme a los términos de la licencia correspondiente.

7.3 Revisión de compatibilidad de licencias

Previo a la incorporación de un nuevo Componente de Código Abierto, el Responsable procura revisar los términos de su licencia, a efecto de verificar su compatibilidad con el modelo de negocio comercial y propietario de la Plataforma, evitando la incorporación de componentes sujetos a licencias que pudieran exigir la divulgación del código fuente propietario de Ancuria (licencias de tipo "copyleft" fuerte, tales como la GNU GPL, cuando su aplicación resulte incompatible con dicho modelo).

7.4 Registro de Componentes de Código Abierto utilizados

El Responsable procura mantener un registro razonable de los Componentes de Código Abierto incorporados a la Plataforma y de sus licencias correspondientes, mismo que podrá ponerse a disposición de auditores o inversionistas en procesos de Due Diligence, bajo los acuerdos de confidencialidad correspondientes.

7.5 Cumplimiento de obligaciones de atribución

El Responsable cumple con las obligaciones de atribución, aviso de licencia, o publicación de términos que las licencias de los Componentes de Código Abierto utilizados razonablemente exijan.

7.6 Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento a los términos de una licencia de Código Abierto podría exponer al Responsable a reclamaciones del titular de dicho componente, o, en el caso de licencias de tipo copyleft, al riesgo de tener que divulgar código fuente propietario; por dicha razón, la observancia de este Capítulo es de particular relevancia para la protección del valor tecnológico de la Plataforma.

Capítulo 8. Licencias de Terceros y Contenido Licenciado

8.1 Fuentes de datos de mercado licenciadas

Cuando el Responsable incorpore a la Plataforma fuentes de datos de mercado inmobiliario licenciadas de terceros para la generación de Indicadores de Mercado, dicha incorporación se sujetará a los términos de la licencia correspondiente, misma que el Responsable procura documentar y respetar en cuanto a su alcance de uso y redistribución.

8.2 Material de terceros en la interfaz de la Plataforma

Cuando el Responsable utilice íconos, tipografías, ilustraciones u otro material gráfico licenciado de terceros para la interfaz de la Plataforma, dicho uso se sujeta a los términos de la licencia comercial o de uso correspondiente.

8.3 Consecuencias del incumplimiento

El uso de material o datos de terceros fuera del alcance de la licencia correspondiente podría exponer al Responsable a reclamaciones del titular de dichos derechos.

TÍTULO IV. PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN Y RETIRO POR INFRACCIÓN

Capítulo 9. Notificación de Infracciones por Terceros

9.1 Objetivo legal

Establecer un procedimiento claro y accesible mediante el cual un tercero que considere que su propiedad intelectual ha sido infringida por Contenido del Usuario u otro elemento presente en la Plataforma pueda notificarlo al Responsable, en línea con las mejores prácticas internacionales de plataformas tecnológicas (análogas al procedimiento de "notice and takedown" reconocido internacionalmente) y con el marco de responsabilidad de intermediarios aplicable conforme a la legislación mexicana.

9.2 Canal de notificación

Todo tercero que considere que su propiedad intelectual ha sido infringida a través de la Plataforma podrá presentar una Notificación de Infracción al correo electrónico legal@ancuria.com, designado específicamente para dicho efecto.

9.3 Contenido de la Notificación de Infracción

La Notificación de Infracción deberá incluir, cuando menos: (i) la identificación del titular de los derechos presuntamente infringidos, o de su representante autorizado; (ii) la identificación específica de la obra o derecho presuntamente infringido; (iii) la ubicación específica dentro de la Plataforma del Contenido del Usuario presuntamente infractor (por ejemplo, mediante una liga o identificador de la publicación); (iv) una declaración, bajo protesta de decir verdad, de que la información proporcionada es exacta y de que el notificante está autorizado para actuar en nombre del titular de los derechos; y (v) los datos de contacto del notificante.

9.4 Revisión de la Notificación

El Responsable revisará toda Notificación de Infracción recibida que reúna los requisitos señalados en el numeral anterior, sin que el Responsable esté obligado a realizar una determinación jurídica definitiva sobre la existencia de la infracción, bastando la existencia de indicios razonables para proceder conforme al Capítulo 10.

9.5 Consecuencias del incumplimiento

La presentación de una Notificación de Infracción con información falsa, con el propósito de perjudicar indebidamente a un Usuario, podrá dar lugar a la responsabilidad del notificante conforme a la legislación aplicable.

Capítulo 10. Retiro de Contenido y Contra-Notificación

10.1 Retiro de contenido presuntamente infractor

Recibida una Notificación de Infracción que reúna los requisitos del numeral 9.3, el Responsable podrá remover o deshabilitar el acceso al Contenido del Usuario presuntamente infractor, conforme a su facultad general prevista en el numeral 27.5 de los Términos y Condiciones de Servicio.

10.2 Notificación al Usuario afectado

El Responsable notificará al Usuario cuyo Contenido del Usuario haya sido removido conforme a este Capítulo, informándole la causa de dicha remoción y el contenido esencial de la Notificación de Infracción recibida, salvo que la legislación aplicable o una orden de autoridad competente disponga lo contrario.

10.3 Mecanismo de contra-notificación

El Usuario afectado podrá presentar al Responsable una contra-notificación, manifestando de buena fe las razones por las cuales considera que la remoción fue improcedente, incluyendo, cuando resulte aplicable, la documentación que acredite su derecho a utilizar el contenido removido.

10.4 Resolución de controversias entre Usuario y notificante

El Responsable no funge como árbitro de la controversia de propiedad intelectual subyacente entre el notificante y el Usuario afectado, correspondiendo a dichas partes resolver dicha controversia por la vía que estimen pertinente; el Responsable podrá restituir el Contenido del Usuario removido si, transcurrido un plazo razonable desde la contra-notificación, no recibe evidencia de que el notificante haya iniciado una acción formal para hacer valer sus derechos.

10.5 Reincidencia y terminación de Cuenta

Conforme a las mejores prácticas reconocidas internacionalmente para plataformas tecnológicas, el Responsable podrá terminar la Cuenta de un Usuario respecto del cual reciba Notificaciones de Infracción fundadas de manera reiterada, conforme al régimen de consecuencias graduales de la Política de Uso Aceptable.

10.6 Consecuencias del incumplimiento

La falta de atención razonable a una Notificación de Infracción que reúna los requisitos del Capítulo 9 podrá exponer al Responsable a responsabilidad conforme a la legislación aplicable en materia de propiedad intelectual, en su carácter de prestador de servicios de la sociedad de la información.

TÍTULO V. PROPIEDAD INTELECTUAL DEL PERSONAL Y COLABORADORES

Capítulo 11. Cesión de Propiedad Intelectual por Trabajo por Encargo

11.1 Objetivo legal

Establecer, con la claridad exigida por procesos de inversión y Due Diligence, el régimen de titularidad sobre las creaciones intelectuales desarrolladas por el personal, colaboradores y contratistas independientes del Responsable en el desempeño de sus funciones, materia de máxima relevancia para acreditar la titularidad limpia ("clean IP") de los activos tecnológicos de Ancuria frente a inversionistas.

11.2 Regla general conforme a la legislación de derecho de autor

Conforme al artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, salvo pacto en contrario, la persona física o moral que comisiona la producción de una obra o que la produzca con la colaboración remunerada de otras personas gozará de la titularidad de los derechos patrimoniales sobre dicha obra y del derecho de disponer de ella; el Responsable formaliza dicha titularidad mediante los instrumentos contractuales descritos en el numeral 11.4, a efecto de eliminar cualquier ambigüedad interpretativa frente a auditores e inversionistas.

11.3 Alcance de la cesión

Toda obra, desarrollo de software, diseño, documentación técnica, o cualquier otra creación intelectual que el personal, colaboradores o contratistas independientes del Responsable desarrollen en el desempeño de sus funciones, o utilizando recursos, tiempo o información del Responsable, se considera Trabajo por Encargo, cuya titularidad corresponde íntegramente al Responsable desde el momento mismo de su creación.

11.4 Formalización mediante instrumentos contractuales

El Responsable formaliza la cesión descrita en este Capítulo mediante cláusulas específicas de cesión de propiedad intelectual incorporadas en los contratos de prestación de servicios profesionales, contratos de trabajo, o acuerdos de colaboración que celebre con las personas físicas involucradas en el desarrollo de la Plataforma, incluyendo a sus propios fundadores respecto de las aportaciones tecnológicas que estos realicen.

11.5 Situación de los fundadores

Los fundadores de Ancuria, en su carácter de desarrolladores originales de la Plataforma, ceden o cederán formalmente a James Marcus Patman, persona física titular de Ancuria, la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre las aportaciones tecnológicas realizadas antes y después del inicio formal de operaciones de Ancuria, mediante el instrumento contractual correspondiente, cuya existencia y alcance específico deberá verificarse y, en su caso, formalizarse como parte de la revisión legal integral que acompañe a la presente Política.

11.6 Contratistas independientes y desarrolladores externos

Todo contrato que el Responsable celebre con un contratista independiente, freelancer, o desarrollador externo que participe en el desarrollo de la Plataforma deberá incluir una cláusula expresa de cesión de propiedad intelectual a favor del Responsable, dada la presunción legal distinta que, en ausencia de dicho pacto expreso, podría aplicar a obras encargadas a un tercero no integrado a la estructura interna del Responsable.

11.7 Consecuencias del incumplimiento

La ausencia de instrumentos contractuales de cesión debidamente formalizados respecto de cualquier persona que haya contribuido al desarrollo tecnológico de la Plataforma constituye un riesgo legal significativo para la titularidad de la propiedad intelectual de Ancuria, y deberá ser subsanada de manera prioritaria, típicamente como una de las primeras condiciones que un inversionista o adquirente exigirá verificar en un proceso de Due Diligence.

Capítulo 12. Propiedad Intelectual Preexistente del Personal

12.1 Exclusión de obras preexistentes

La cesión descrita en el Capítulo 11 no se extiende a las obras o desarrollos de propiedad intelectual que una persona física hubiere creado con anterioridad a su relación con el Responsable, y de manera independiente a dicha relación, salvo que dichas obras preexistentes sean incorporadas al desarrollo de la Plataforma, en cuyo caso el Responsable procurará obtener una licencia expresa para su uso, o la cesión correspondiente, según resulte aplicable.

12.2 Declaración de no incorporación de propiedad intelectual de Terceros empleadores previos

El Responsable exige a su personal, colaboradores y contratistas que declaren no incorporar, en el desarrollo de la Plataforma, propiedad intelectual confidencial o de terceros (incluyendo empleadores previos) respecto de la cual no cuenten con la autorización correspondiente.

12.3 Consecuencias del incumplimiento

La incorporación no autorizada de propiedad intelectual de un tercero ajeno por parte de personal o colaboradores del Responsable podría exponer a este último a reclamaciones de dicho tercero, siendo la persona responsable de dicha incorporación no autorizada quien deba responder frente al Responsable conforme a los términos del instrumento contractual correspondiente.

TÍTULO VI. DISPOSICIONES FINALES

Capítulo 13. Vigencia, Modificaciones y Disposiciones Finales

13.1 Vigencia

La presente Política entrará en vigor a partir de la fecha señalada en la portada de este documento.

13.2 Modificaciones

El Responsable podrá modificar la presente Política en cualquier momento, particularmente para reflejar la evolución de su inventario de propiedad intelectual, el estado de sus trámites de registro, o la incorporación de nuevos Componentes de Código Abierto o licencias de terceros.

13.3 Divisibilidad

En caso de que alguna disposición de la presente Política sea declarada nula, ilegal o inexigible por autoridad competente, dicha declaración no afectará la validez y exigibilidad de las demás disposiciones.

13.4 Idioma rector

En caso de traducción a otro idioma, la versión en español (México) prevalecerá para efectos de interpretación en caso de discrepancia.

13.5 Recomendación de revisión legal prioritaria

Dado que el Título V de la presente Política (Propiedad Intelectual del Personal y Colaboradores) es de particular relevancia para procesos de inversión, se recomienda que la formalización de los instrumentos contractuales de cesión ahí descritos sea tratada como prioridad en la revisión legal integral del marco documental de Ancuria.

Anexo de Control de Versiones

VersiónFecha de entrada en vigorDescripción del cambio
1.022 de septiembre de 2026Versión inicial del documento